El magistrado, Felipe de la Mata, advirtió que esa circunstancia es un “evidente ilícito”, pues es materialmente imposible introducir “por arte de magia” una papeleta de 28 centímetros de largo por 20 centímetros de ancho, en la urna cuya ranura es de 12 centímetros de largo por tres milímetros de ancho. Foto: @TEPJF_informa
Ciudad de México. Las boletas sin marcas de doblez no son válidas, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al revocar un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), que abría la puerta a una posible validez de los votos contenidos en estas “boletas planchadas”.
Felipe de la Mata, magistrado ponente, advirtió que esa circunstancia es un “evidente ilícito”, pues es materialmente imposible introducir “por arte de magia” una papeleta de 28 centímetros de largo por 20 centímetros de ancho, en la urna cuya ranura es de 12 centímetros de largo por tres milímetros de ancho.
En el proyecto se indicó que si bien el INE cuenta con facultades para regular las incidencias que surjan durante los cómputos, una boleta que carece de las marcas de doblez, materialmente necesarias, no puede vincularse objetivamente con un sufragio efectivamente emitido en la casilla. Ello porque la ley establece una secuencia material de emisión: marcar, doblar y depositar la boleta en la urna.
“En consecuencia se propone armonizar los lineamientos y cualquier otro instrumento normativo necesario para que, por regla general, la mesa directiva de casilla determine esa circunstancia y las boletas no se computen ni se incorporen a la sumatoria, se asiente el hallazgo en la hoja de incidentes y reciban el tratamiento correspondiente a las boletas sobrantes”, se indica en el proyecto de sentencia aprobado de manera unánime, por los cinco integrantes de esta Sala Superior.
Así, ninguna boleta planchada será válida y estas deberán apartarse de las válidas.
“Excepcionalmente corresponderá al consejo distrital cuando las detecte dentro de un nuevo escrutinio y cómputo, caso en el que tampoco se incorporarán a la sumatoria y deberán conservarse separadas de la votación computada”.
Al exponer su ponencia, el magistrado De la Mata recalcó que de ninguna forma las boletas planchadas o sin doblez pueden vincularse objetivamente con un sufragio efectivamente emitido en la casilla.
Para ejemplificar lo anterior, en plena sesión pública del TEPJF, mostró una boleta y el correspondiente tamaño de la boca de urna.
“Hay que decirlo con claridad: las boletas sin dobleces no pueden formar parte del cómputo, una boleta sin doblez no entró en la urna lícitamente, por tanto, no es voto”, subrayó.
Es decir, el doblez no es un requisito de forma sino una huella física de la que la boleta siguieron el camino normal de la votación. Si por el tamaño de la boleta y dimensiones de la ranura, pero luego aparece completamente extendida y sin ninguna marca de doblez surge la pregunta inevitable: ¿cómo llegó esa boleta ahí?
“No podemos responder esa pregunta con certeza y tampoco podemos permitir que esa boleta modifique el resultado de una elección ni de un resultado electoral. Dicho de otra manera, en una elección, una boleta ilícita no puede convertirse en voto”, dijo De la Mata.
La segunda pregunta —añadió— es ¿a quién se propone advertir sobre la existencia de boletas planchadas? Por regla general deberá hacerlo la mesa directiva de casilla al realizar el escrutinio y cómputo y, en su caso, establecer si son boletas planchadas o no.
Excepcionalmente esto le va corresponder también al consejo distrital, cuando durante un nuevo escrutinio y cómputo detecte boletas sin doblez.
En ambos casos, dijo, esas boletas no deberán computarse ni incorporarse a la sumatoria de resultados, sino ser utilizadas, como ocurre con las no utilizadas.
El caso de las boletas planchadas tomó revuelo cuando en la elección judicial de 2025 se encontraron cientos de papeletas con esas características en paquetes electorales, la mayoría en Chiapas, razón por la cual el propio INE determinó invalidar los votos de poco más de 400 casillas.
Redacción: JORNADA.COM