Regeneración, 15 de noviembre de 2018. Este martes el Senado aprobó en lo general la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, con lo cual desaparece la Procuraduría General de la República (PGR) y se crea la nueva Fiscalía General de la República (FGR), un órgano de justicia autónomo.
La iniciativa recibió 70 votos a favor y 47, de acuerdo con un comunicado del Senado de México.
🔴 Con 70 votos en pro y 47 en contra se aprueba en lo general el dictamen por el que se crea la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
— Senado de México (@senadomexicano) 15 de noviembre de 2018
Este ordenamiento estuvo pendiente durante cuatro años, desde que el congreso aprobó una reforma que lo mandaba en diciembre de 2013.
Entre los aspectos particulares que se discuten ahora son la organización, integración y función de la nueva FGR, y de los organismos que dependerán de ella.
Las principales funciones de la FGR son:
- Investigar y perseguir delitos
- Ejercer acción penal
- Procurar la reparación del daño a las víctimas de delitos
- Adoptar medidas de protección a favor de las víctimas y testigos
- Intervenir en el proceso de ejecución penal
- Intervenir en acciones de extradición y en acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales
La FGR tendrá las siguientes fiscalías especializadas:
- Derechos Humanos
- Delitos Electorales
- Combate a la Corrupción
- Asuntos Internos
Además contará con unidades especializadas y con un Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses.
También se creará un Consejo Ciudadano, que estará integrado por cinco ciudadanos expertos en temas de procuración de justicia.
Sus funciones serán:
- Emitir recomendaciones públicas al titular de la Fiscalía General de la República
- Denunciar ante el Órgano Interno de Control probables responsabilidades administrativas
- Opinar sobre la normatividad interna de la Fiscalía General de la República
El Presidente de la Republica tendrá la facultad de remover al titular de la FGR, el cual será electo por el Senado.
El presidente podrá remover al fiscal si incumple de manera reiterada con los fines institucionales; y si participa, tolera, consiente o apoya violaciones graves a los derechos humanos y a la Constitución.