Hablemos derecho
Por Enrique Mora
El rasurado del padrón es uno de esos fantasmas que se presentan, de vez en vez, durante los procesos electorales, los cuales son invocados por algunos actores de la contienda por el poder público; afortunadamente, el incienso y las oraciones para que tal fantasma haga acto de presencia y se propale su aparición ya no surten efectos entre un electorado más informado y empoderado.
Los Chamanes electorales explican que, el rasurado del padrón, esencialmente consiste en la exclusión ilegal de un ciudadano de la lista nominal de electores, negándole en consecuencia su derecho al voto. Ello ocurre, precisamente, el día de la Jornada Electoral. Adicionalmente, se afirma que el rasurado del padrón es producto de una acción concertada entre autoridades electorales y actores políticos. Lo cual considero que es falso y lo justifico a continuación.
La conformación del Padrón Electoral y Lista Nominal es vigilada por los Partidos Políticos, de forma permanente tienen conocimiento de cualquier movimiento que sufra el Padrón Electoral, al formar parte de la Comisión Nacional de Vigilancia. Y en el caso de la Lista Nominal que se utiliza en los comicios, se entrega una copia de la misma a los Partidos Políticos para que la revisen y en su caso, formulen las observaciones.
En alcance, es pertinente enunciar, que los propios ciudadanos tenemos mecanismos para verificar nuestra inclusión, mismos que son provistos por el Instituto Nacional Electoral.
Incluso, cuando existan personas que realicen solicitudes de trámite y no cumplan con la obligación de acudir a recoger su credencial para votar, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, genera una lista de las mismas las cuales se notifica tanto a los ciudadanos interesados como a los Partidos Políticos.
Entonces, si tanto los ciudadanos como los Partidos Políticos vigilan la debida conformación de la lista nominal, y en el supuesto caso de alguna inconsistencia, existen los mecanismos institucionales para atenderlas, ello arroja una luz de certeza que desvanece cualquier posibilidad de exclusión indebida de algún elector. Eso sí, en caso de realizar cualquier trámite relacionado con su credencial para votar, ¡conclúyalo!, pues de no hacerlo así, será su propia omisión la que no le permita votar.
Por cierto, hablando del Padrón Electoral, el plazo para solicitar su incorporación al mismo o bien actualizarla, vence este miércoles 31 de enero de 2018. Como reza el dicho, no dejen para mañana lo que pueden hacer hoy.
Lo que eventualmente pudiera ocurrir, es que algún ciudadano acuda a realizar algún trámite