>A partir del 24 de julio corre plazo de 2 meses para que se modifiquen los reglamentos de tránsito de los municipios a fin de incluir la obligación del engomado del casco y el uso de chaleco reflejante con el número de placa de las motocicletas >Las multas serán de 760 a mil 85 pesos, con envió de la motocicleta al corralón
Francisco Hernández
CHETUMAL, 26 de julio.- Mientras los motociclistas protestaban en todo el territorio de la entidad y forzaban la apertura de una mesa de diálogo con las autoridades, el gobierno del estado de Quintana Roo puso de inmediato en vigor la reforma a la Ley de Movilidad que los obliga a usar casco con calcomanía y chaleco reflejante que porten el número de la placa de su unidad.
La reforma entró en vigor el mismo día de su publicación, que fue el miércoles 24 de julio del año en curso, pero para que se pueda aplicar todavía falta que los ayuntamientos modifiquen sus Reglamentos de Tránsito, para lo cual cuentan con 60 días naturales, es decir, 2 meses, contados a partir de esa fecha.
En otras palabras, el 22 de septiembre se vence el plazo para que los ayuntamientos modifiquen los Reglamentos de Tránsito para incluir las nuevas reglas establecidas en la Ley de Movilidad, para que puedan ser exigibles, por lo que mientras eso no suceda, no pueden aplicarse las multas previstas.
En este sentido, cabe mencionar que los diputados y diputadas de la XVII Legislatura omitieron indicar que también debe modificarse en el mismo lapso el Reglamento de Tránsito del Estado, que es el que se aplica en el municipio de Othón P. Blanco, y por tanto, en la ciudad de Chetumal, la capital de la entidad, pero eso no impide que el gobierno del estado haga la modificación correspondiente.
Según reforma al artículo 218 Bis de la Ley Movilidad, bautizada por sus opositores como “Ley Chaleco”, “las personas conductoras de una motocicleta y sus acompañantes están obligadas a usar casco de seguridad que cumpla con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, debidamente colocado y abrochado, el cual deberá contar con la estampa del número de placa correspondiente, así como portar un chaleco reflejante que tenga impreso el número de la placa, mismos que deberán ser otorgados por la autoridad competente.
Cuando viaje más de una persona en la motocicleta, será la persona visible desde la parte trasera la que porte el chaleco reflejante con el número de placa impreso.
Las policías de tránsito del Estado y de los municipios deberán supervisar el cumplimiento a esta disposición”.
La norma también indica que el incumplimiento de la misma tendrá una sanción de 7 a 10 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, que en valores actuales equivalen a de 760 a mil 85 pesos, y además se suspenderá la circulación del vehículo para remitirlo al depósito vehicular correspondiente.
Para el cumplimiento de la nueva norma establecida, dice que el Poder Ejecutivo del estado, a través de la autoridad competente, implementará el Programa de Suministro de Estampas para Cascos y de Chalecos para las Personas Conductoras de Motocicletas en el Estado de Quintana Roo.
Y aunque no precisa la autoridad, debido a que se trata de engomados para cascos y chalecos reflejantes con el número de placas de las motocicletas, la autoridad competente sería la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), la cual es la responsable del emplacamiento de los vehículos que circulan en el estado, a través de las oficinas de su Dirección de Recaudación y Módulos de Emplacamiento, además de que la reforma no le dio al Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo) la facultad de hacer la entrega.
En el mismo decreto indica que para este año 2024, el gobierno del estado implementará el programa con el objeto de suministrar de manera gratuita las estampas con el número de la placa para cascos y los chalecos a las personas conductoras de motocicletas, lo cual indica que será por única ocasión, de modo que en los canjes de placas futuros se tendrá que obtener nuevo engomado y nuevo chaleco reflejante, muy probablemente pagando una tarifa.
Por otra parte, en los artículos transitorios también se previó que las licencias de conducir expedidas por los ayuntamientos previamente a la reforma y que se encuentren vigentes tendrán validez para la realización de cualquier trámite administrativo ante el Imoveqroo, y aunque no se especificó a la Sefiplan, todo indica que también serán válidas para el “enchalecamiento”.
Cabe recordar que, según el estudio de impacto presupuestal incluido en el dictamen de esta reforma, el Programa de Suministros de Estampas para Cascos y de Chalecos para las Personas Conductoras de Motocicletas del 2024 tendrá un costo de 42 millones 156 mil 103 pesos, de los cuales 3 millones 286 mil 103 pesos serán para el pago de sueldos del personal encargado del programa y 38 millones 869 mil 897 son para cubrir el costo de las calcomanías y chalecos reflejantes.
franciscohcambio22@gmail.com