Potencial conflicto de intereses en la postulación del magistrado electoral Víctor Vivas Vivas al cargo de comisionado del Idaipqroo

  • La designación la realizará una Legislatura que fue electa durante su período como autoridad jurisdiccional, y la Ley Electoral establece un candado para impedir que los magistrados del Teqroo obtengan cargos públicas como pago de favores políticos
En vísperas de realizarse las entrevistas a los candidatos al cargo de comisionado del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (Teqroo), existe un cuestionamiento a la postulación de Víctor Vivas Vivas por probable conflicto de intereses, en el sentido de que, además de que todavía está en funciones de magistrado electoral local, la ley le impide obtener un nombramiento de una autoridad electa durante su ejercicio jurisdiccional en al menos un año y 9 meses después de que finalizara su magistratura.
No obstante lo anterior, dicho impedimento legal, expresado en el artículo 212 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, ni por asomo es tomado en cuenta por la Comisión Anticorrupción, Participación Ciudadana y Órganos Autónomos de la XVI Legislatura, encabezada por la diputada Euterpe Gutiérrez Valasis y que tiene a su cargo el proceso de valoración de los aspirantes, la cual inclusive ya preparó un proyecto de dictamen en el que declara que el todavía magistrado electoral local cumple con los requisitos para ser comisionado de transparencia, sin pronunciarse sobre lo indicado en la ley electoral.
Abogados quintanarroenses hicieron llegar a Diario Cambio 22 la observación de que la postulación de Víctor Vivas Vivas, magistrado del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), al cargo de comisionado del Idaipqroo, entra en controversia con lo establecido en la Ley Electoral, en el sentido de que le impide asumir un cargo público en los órganos emanados de las elecciones que a él le tocó revisar como autoridad jurisdiccional, una regla que se estableció desde la legislación federal para impedir el conflicto de intereses de funcionarios electorales en la calificación de los comicios, expresado de manera concreta en el pago de favores políticos.
Lo anterior se encuentra en el artículo 212 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, que indica: “Durante el periodo de su encargo, los magistrados electorales no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión con excepción de aquellos en que actúen en representación del Tribunal Electoral, y de los que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia, no remunerados.
Concluido su encargo no podrán asumir un cargo público en los órganos emanados de las elecciones o asumir un cargo de dirigencia partidista por un plazo equivalente a una cuarta parte del tiempo en que haya ejercido su función”.
Los abogados afirman que esto no sólo significa que no puede trabajar en el gobierno del estado, los municipios y el Poder Legislativo, sino que tampoco puede recibir un nombramiento realizado por el Congreso del Estado en este momento, porque la XVI Legislatura que va a realizar la designación del comisionado del Idaipqroo es una autoridad electa durante su encargo como magistrado electoral.
Argumentan que el sentido del impedimento es de que los exmagistrados electorales no puede asumir cargos públicos en órganos que se integraron cuando fueron autoridad jurisdiccional electoral, y tampoco recibir nombramiento de ellos, entendiéndose que en el gobierno del estado quien designa todos los cargos es el propio gobernador; en el caso de los municipios, quien designa es el Ayuntamiento; y en el caso de los órganos autónomos, como el Idaipqroo, quien designa es la Legislatura, es decir, todas ellas autoridades electas.
No obstante lo anterior, fuentes del interior del Congreso del Estado indicaron a este medio que la Comisión Anticorrupción, Participación Ciudadana y Órganos Autónomos, encargada del proceso de verificación de los aspirantes al cargo de comisionado del Idaipqroo, no ha tomado en cuenta el potencial conflicto de intereses que tiene la candidatura del magistrado electoral Víctor Vivas Vivas.
De hecho, aseguran que ya se preparó un proyecto de dictamen en el que se declara que Vivas Vivas cumple los requisitos para ocupar el cargo, pero no se hace mención siquiera ni mucho menos se analiza el artículo 212 de la Ley Electoral que busca impedir el pago de favores políticos a los magistrados electorales.
Con esta situación, este martes 3 de mayo a partir de las 10 de la mañana se realizarán las entrevistas a los 14 aspirantes a comisionado del Idaipqroo, incluyendo al magistrado electoral.