Hablemos Derecho
Por Enrique Mora
A la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de Quintana Roo parece olvidar que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para su consumo personal y doméstico en forma suficiente, aceptable, salubre aceptable y asequible, según previene el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
También la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de Quintana Roo nos sorprende con una nueva facultad, hasta hoy desconocida: determinar la existencia de zonas industriales.
Bueno, según la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de Quintana Roo, novel autoridad en materia económica, ha determinado que en los Municipios de Othón P. Blanco, Benito Juárez, Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos y Tulum, no existe ningún tipo de actividad industrial, y por tanto, no hay zonas industriales.
Quizá porque la Capa sea nueva autoridad en materia económica, desconozca de algunas actividades industriales que existen en los municipios ya mencionados, a guisa de ejemplo en Othón P. Blanco, podemos enunciar la actividad económica en torno al ingenio azucarero, en donde, precisamente, algunos de los plantíos de caña se encuentran alrededor de pozos donde se extrae el agua que se ministra a la población del sur. Y ni qué decir del norte de la entidad donde existen una exitosa actividad turística.
Lo anterior se desprende de una respuesta que la propia Capa dio a una solicitud de información con número de folio 00244018, en la que se le preguntó los niveles de toxicidad del agua potable por agentes orgánicos e inorgánicos.
La Capa respondió literalmente: “ …esta Comisión no cuenta con un programa para la verificación de los niveles de contaminación por sustancias tóxicas orgánicas e inorgánicas, debido a que no es una Zona Industrial que genere dicha contaminación tóxica, por lo qué únicamente se vigilan parámetros físico-químicos que están contemplados en las normas de vigilancia de calidad del agua en ámbito de salud pública.”
De la respuesta antes transcrita se desprende:
1.-Que la Capa vende a los quintanarroenses sin verificar que esta no esté contaminada. Y
2.-Justifica su omisión aseverando que no hay zona industrial, sin especificar que entiende por “Zona Industrial, aunque sí existen actividades económicas que pueden generan contaminación.
Grave resulta para la salud de los quintanarroenses que la CAPA nos venda agua sin verificar que no esté contaminada.
Grave resulta que no tengan conocimiento de actividades económicas que sí generan contaminación a los mantos acuíferos donde se extraen agua para proveer a los quintanarroenses. Quizá algún sector de la población tenga la capacidad para comprar agua purificada embotellada para su consumo, pero hay otros sectores muy humildes que si consumen el agua de Capa.
A todo esto, convendría saber si el Director General de la Capa, ¿toma agua de su institución o perrier?
La pobreza y la omisión de la Capa los expone potencialmente a consumir agua de la cual no se tiene la certeza que no esté contaminada.
¡Aguas! con el agua de la Capa.