Hablemos Derecho
Por Enrique Mora
Al periodo que transcurre entre la conclusión de los procesos internos de selección de candidatos y el inicio de las campañas electorales se le conoce como intercampaña.
En este periodo los partidos políticos y/o coaliciones se preparan y organizan internamente para la búsqueda del voto; de igual forma, se resuelven las controversias que hayan surgido, precisamente, en la selección de las candidaturas.
Ahora bien, es importante precisar que, aunque ya existan candidatos definidos para los diferentes puestos de elección popular, ello en modo alguno significa que puedan salir a buscar el voto de los electores.
Lo anterior es así, pues todavía queda pendiente solicitar su registro ante la autoridad electoral competente y que ésta lo autorice, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las personas propuestas como candidatos.
Incluso, en los tiempos de radio y televisión que tienen los partidos políticos no podrán utilizarse para realizar llamados expresos de solicitud de apoyo a favor o en contra de una candidatura, coalición o partido político alguno.
La intercampaña es la paz que precede a la contienda por el voto.
En esta “paz” y considerando que prácticamente ya se sabe quiénes tocarán nuestras puertas para presentarnos sus propuestas y pedir nuestro voto, la ciudadanía debiera utilizar este periodo para informarse acerca de los mismos, imponerse de su trayectoria y, en su caso de sus resultados que hayan obtenido en el servicio público.
Lo anterior sobre todo quienes pretendan ser reelectos o que busquen otro cargo de elección popular, éstos deben pasar por el tamiz de la evaluación ciudadana, pues al pedir nuevamente nuestro voto, tendrían que hacerlo con resultados positivos de gestión y no con promesas.