“Fuereños” podrán ser titulares de los órganos internos de control de órganos autónomos de Quintana Roo

>El Congreso del Estado aprobó las convocatorias para nombrar a los contralores internos de la Cdheqroo, FGE, Idaipqroo, Ieqroo y TJAA, que no incluyen para los aspirantes el requisito de ser quintanarroenses por nacimiento o tener al menos 5 años de residencia en la entidad >En dos semanas estarán designados los nuevos titulares, y removidos los anteriores
Francisco Hernández/CAMBIO 22
CHETUMAL, 22 de octubre.- La Comisión Anticorrupción, Participación Ciudadana y Órganos Autónomos del Congreso de Quintana Roo aprobó las convocatorias públicas para designar a los titulares de los órganos internos de cinco órganos autónomos del estado, conforme a lo establecido en la reciente reforma a la Constitución local que obliga a renovar esos cargos, en los que destaca que se puede designar a personas procedentes de otras entidades, pues no tienen que cumplir el requisito de ser quintanarroenses por nacimiento o tener residencia mínima de 5 años en la entidad, como si se exige para otros cargos.
Los órganos internos de control que se renovarán con este procedimiento serán los de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (Cdheqroo), la Fiscalía General del Estado (FGE), el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (Idaipqroo), el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y el Tribunal de Justicia Administrativa y Anticorrupción del Estado de Quintana Roo (TJAA).
Los nuevos titulares de estos órganos de control serán designados por la Legislatura del estado y durarán en sus cargos 7 años y tendrá derecho a una reelección por el mismo tiempo.
Los requisitos que tendrán que cumplir las personas aspirantes son las siguientes:
– Contar con ciudadanía mexicana y estar en pleno goce de sus derechos políticos y
civiles;
– Tener treinta años de edad cumplidos el día de la designación;
– Gozar de buena reputación y no encontrarse sentenciada por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año;
– Contar al día de su designación, con título y cédula profesional expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello, con antigüedad mínima de cinco años, en licenciatura en derecho, en contabilidad, en economía, en finanzas, en administración, en auditoría o en cualquier otra que se encuentre relacionada con las actividades a que se refiere la fracción siguiente;
– Contar preferentemente con experiencia en control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones o arrendamientos;
– No pertenecer o haber pertenecido en los dos años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios al órgano público autónomo correspondiente, o haber fungido como consultor o auditor externo del mismo, en lo individual durante ese periodo;
– Durante los dos años anteriores a la designación, no haber desempeñado cargo de elección popular federal, estatal o municipal, ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber participado como persona candidata a cargo de elección popular alguno;
– No haber ocupado algún cargo directivo dentro órgano público autónomo o haber representado de cualquier forma los intereses del órgano público autónomo, durante los dos años previos a su designación;
– No tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, feminicidio, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o doméstica, violencia obstétrica, violación a la intimidad sexual, violencia vicaria o demás conductas antijuridicas semejantes o equiparables; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y XI.- No ser declarado persona deudora alimentaria morosa.
Estos requisitos fueron incluidos en la Constitución del Estado por la reforma que aprobó la Legislatura local a principios del mes de septiembre de este año, en la cual también se determinó la creación de la Fiscalía Anticorrupción autónoma y de un nuevo Tribunal de Justicia Administrativa y Anticorrupción.
A partir de la publicación de las convocatorias, que deberá realizarla el Congreso, correrá un plazo de cinco días hábiles para que las personas aspirantes entreguen su documentación ante la Oficialía de Partes del Poder Legislativo, después de lo cual la Comisión Anticorrupción, Participación Ciudadana y Órganos Autónomos realizará la revisión correspondiente.
Las personas que cumplan los requisitos serán citadas para comparecer ante la comisión para entrevistas, en formato y fecha por definir.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de documentación, la misma comisión aprobará los dictámenes de los aspirantes que cumplan los requisitos, para turnarlos al pleno a fin de realizar la designación de los contralores internos.
Una vez nombrados los nuevos titulares de órganos internos de control de los cinco organismos autónomos, los anteriores titulares cesarán en sus cargos, recibiendo la indemnización correspondiente por haberse cortado el cumplimiento de sus períodos.
No obstante, los actuales titulares de los órganos de control tienen la oportunidad de participar como aspirantes a un nuevo nombramiento.
Cabe mencionar que en esta convocatoria no se incluyó al Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), debido a que al mismo le corresponde nombrar al titular de su órgano de control, y tampoco incluyeron la designación del titular del órgano interno de control de la Fiscalía Especializada para el Combate a la Corrupción, a pesar de que es un nuevo órgano autónomos regido por los términos del mismo artículo 51 Bis de la Constitución del estado que establece que debe contar con uno, al parecer porque aquí no se realizará renovación del cargo, sino será un nuevo nombramiento.