A pesar de que el tiempo para presentar la declaración anual terminó aún hay esperanza para las personas obligadas con este requerimiento fiscal. El Servicio de Administración Tributaria (SAT), les da la oportunidad de que cumplan con ello antes de enviarles un requerimiento, lo que significa una multa.
Las personas obligadas a realizar su declaración anual de impuestos son aquellas que ganan más de 400,000 pesos al año, que tienen más de un patrón, trabajan como freelance y emiten facturas.
El SAT dice que también aquellos contribuyentes que ganaron algún premio en el 2023 tienen esta obligación, lo mismo para esas personas que tengan algún inmueble en arrendamiento, entre otros.
Si eres una persona obligada pero se te pasaron las fechas, no todo está perdido, aún puedes presentar la declaración anual, sin embargo, se contemplan algunas cuestiones diferentes.
Por ejemplo, si no presentaste tu declaración el SAT te enviará “invitaciones”, para que cumplas con ello, después de una serie de notificaciones para que cumplas, y de no hacerlo, lo que sigue es que te envíen un requerimiento, el cual ya significa una multa, explicó Norma Cruz, fundadora de Autonomía Fiscal para Mujeres.
“Tal vez el SAT envíe invitaciones y no hay problema, el problema es cuando manda requerimientos, porque estos implican multa, aunque normalmente no los manda de inmediato”, detalló Norma Cruz.
Que no te multen
La sanción económica por no presentar tu declaración anual puede ser desde 1,810 a 36,740 pesos, según información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Para evitar que eso suceda deberás presentar tu declaración anual lo más pronto posible. En estos casos si tienen saldo en contra, es decir, impuestos a pagar, se irá incrementando y deberás pagar intereses los cuales crecen conforme pase el tiempo.
Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, destacó que por cada mes que se retrasen es 1.47% de recargos, y además, para quienes en estos días no alcanzaron a presentar, si se pasan más allá del 9 de mayo, deberán pagar una actualización que corresponde a la inflación del mes.
Esto significa que el aumento que tendrá su saldo a cargo a pagar será de la inflación del mes más el porcentaje del recargo, que es de 1.47 por ciento.
“Ese será el costo por pagar fuera del plazo. Pero si en estos días se confían y se tardan más de una semana, les puede llegar un requerimiento, y con esto, aunque en su declaración no hayan tenido que pagar impuestos, tendrán que pagar una multa”, destacó la especialista.
Por otro lado, si presentas la declaración de forma extemporánea, por las invitaciones que te envía el SAT y tienes saldo a favor, es decir, devolución de impuestos, estos no se te entregarán de forma automática y deberás realizar una serie de acciones para que se te entregue ese dinero.
Este procedimiento, de presentar la declaración de forma extemporánea, está disponible también para personas físicas que no estén obligadas pero que quieran presentarla porque realizaron deducciones personales por lo cual esperan devolución de impuestos.
Solo que corren el riesgo que la devolución no sea automática y que terminen pagando por este trámite a un contador o contadora, más de lo que el SAT les regrese.
Por ejemplo, quizá en la declaración les salga un monto de devolución de 350 pesos y el contador les cobrará 500 pesos.
Fuente: El economista