- Darán efectos retroactivos a la reforma 3 de 3 contra la violencia de género integrada a la Constitución del estado, que impide a los sancionados por estas causas trabajar en la administración pública
El gobierno del estado de Quintana Roo dará efectos retroactivos a la reforma conocida como 3 de 3 contra la violencia de género, que fue decretada el pasado viernes por el Congreso local, pues a partir de su entrada en vigor harán aplicables las reglas establecidas en las nuevas condiciones de trabajo para que los burócratas comprueben que no son violentadores de mujeres ni deudores alimentarios.
Lo anterior quedó claro en declaraciones de la presidenta de la Comisión Permanente de la XVII Legislatura, Mildred Ávila Vera, quien señaló que los y las trabajadores de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deben actualizar sus expedientes laborales.
En esa actualización, deberán entregar certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y constancia de no encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género, de acuerdo con los transitorios de las nuevas condiciones generales de trabajo.
Confirmó que en el caso del Poder Legislativo ya se emitió un oficio para que se cumpla con dichos requerimientos y que en el caso de los poderes judicial y ejecutivo se hará lo conducente.
Aclaró que estos requisitos son del ámbito laboral, independientemente a lo que establece la Ley Electoral para quienes aspiren a un cargo de elección popular en las elecciones del 2024.
En este punto, Ávila Vera dijo desconocer el caso específico de Luis Gamero Barranco, subsecretario de Gobierno, pero dijo que también deberá entregar dicha documentación.
Cabe señalar que, en el caso del Poder Legislativo, sus nuevas condiciones de trabajo establecen que los trabajadores en activo que no actualicen sus expedientes con esos nuevos documentos, perderán sus puestos.
Como se ha dado a conocer, la reforma 3 de 3 contra la violencia de género, impide registrar como candidata a cargos de elección popular y ser nombrada para trabajar en la administración pública a las personas que hayan sido sancionadas con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, feminicidio, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o doméstica, violencia obstétrica, violación a la intimidad sexual, violencia vicaria o demás conductas antijurídicas semejantes o equiparables; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
No obstante, en el caso del subsecretario de Gobierno Luis Gamero Barranco, que está sancionado por violencia política de género, y por tanto podría ser removido de su cargo, éste tiene una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el que alega que la suspensión de derechos prevista en la reforma 3 de 3 contra la violencia de género aplica sólo para sentencias de tipo penal, no para sanciones administrativas como las que aplica el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).