Como uno de sus primeros actos luego de haber sido oficializado al frente de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo (FGE), el fiscal general Raciel López Salazar delegó a los vice fiscales y fiscales especializados la facultad de solicitar a los jueces la intervención de llamadas privadas así como la emisión de órdenes para que las empresas de telecomunicaciones entreguen datos archivados.
La delegación de facultades, que originalmente corresponden al Fiscal General, fue para los Vice Fiscales de Investigación Especializada, de Investigación Territorial, de Procesos, de Asuntos Internos y Fiscales Especializados en Homicidio, Secuestros y Delitos de Feminicidio, todos adscritos a la Fiscalía General del Estado.
Las facultades referidas son las previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y en específico se tratan de:
I.- Solicitar ante el Juez Federal de Control competente la intervención de comunicaciones privadas de conformidad con lo previsto en el artículo 291 del Código Nacional de Procedimientos Penales;
II.- Solicitar ante el Juez de Control del fuero correspondiente para que requiera a los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos de los equipos de comunicación móvil, la localización geográfica en tiempo real, entrega de datos conservados, así como el requerimiento de la conservación inmediata de datos contenidos en redes, sistemas o equipos de informática, de conformidad con lo previsto en el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales; y
III. Ordenar directamente a los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, la localización geográfica en tiempo real o la entrega de los datos conservados cuando esté en peligro la integridad física o la vida de una persona o se encuentre en riesgo el objeto del delito, así como en hechos relacionados con la privación ilegal de la libertad, secuestro, extorsión o delincuencia organizada, quienes deberán atenderla de inmediato y con la suficiencia necesaria,
Una vez cumplimentado el requerimiento, deberán informar al Juez de control competente por cualquier medio que garantice su autenticidad, dentro del plazo de 48 horas, a efecto de que ratifique parcial o totalmente de manera inmediata la subsistencia de la medida, sin perjuicio de que el Ministerio Público continúe con su actuación.
Asimismo, podrán requerir a los sujetos obligados que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la conservación inmediata de datos contenidos en redes, sistemas o equipos de informática, hasta por un tiempo máximo de noventa días, lo cual deberá realizarse de forma inmediata.
El acuerdo emitido establece que la facultad delegada a los Vice Fiscales y Fiscales Especializados Homicidio, Secuestros y Delitos de Feminicidio, se otorga sin perjuicio de la posibilidad de su ejercicio directo por parte del titular de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo.
Además, el Fiscal General conservará en todo momento la facultad de revocar la atribución delegada.
Según el acuerdo emitido por Raciel López Salazar, esta delegación de facultades tiene el propósito de “llevar a cabo una procuración de justicia pronta, que sea efectiva y permita un adecuado funcionamiento del ejercicio de las atribuciones establecidas en los diferentes ordenamientos legales que las prevén”.
Fuente: diariocambio22.mx