La Auditoría Superior de la Federación (ASF) inició una investigación en contra de la Secretaría de Salud del estado, por otorgar sin licitación un contrato de más de 14.8 millones de pesos a un particular que no tenía capital ni experiencia, y que se dio de alta en Hacienda apenas 6 días antes de obtenerlo.
El contrato fue para “adquisición de equipo de protección necesario en el plan de reconversión para la atención hospitalaria de la contingencia de la COVID-19”.
Por esos hechos, la ASF emitió la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que la Dirección General de Investigación adscrita a la Auditoría Especial de Seguimiento, Informes e Investigación, “realice las investigaciones pertinentes para esclarecer los hechos, y en su caso, determine la presunta responsabilidad administrativa correspondiente”.
La información es parte de la revisión de la Cuenta Pública 2020 del Gobierno del estado, que la ASF publicó el pasado domingo.
Como se puede ver en la fotografía de abajo, que es parte de la auditoría, se trata del contrato SES-COVID-025-2020, financiado con fondos federales, por un monto de 14 millones 828 mil 500 pesos.
Pero el contrato está plagado de irregularidades.
Por un lado, se entregó sin licitar, y SESA “no acreditó debidamente los criterios en los que se fundó y motivó la excepción a la licitación pública”.
Por el otro, se le entregó a una persona que no cumplía los requisitos.
Se trata de un particular (ASF no revela el nombre) que según su Estado de Posición Financiera tenía -13 mil 500 pesos (o sea, menos que cero).
Pero además, era alguien sin experiencia en el rubro, y de acuerdo a su Constancia de Situación Fiscal, el inicio de sus operaciones fue el 25 de marzo de 2020, y el contrato se celebró el 31 de marzo de 2020; o sea, 6 días después.
Para cerrar el cumulo de irregularidades, la actividad reportada en su curriculum fue de «obra pública y privada”, nada que ver con la venta de equipo para protección Covid.
Dice textualmente la Auditoría:
“13. Se verificó que, para la adquisición de equipo de protección necesario en el plan de reconversión para la atención hospitalaria de la contingencia de la COVID-19, correspondiente al contrato núm. SES-COVID-025-2020, financiado con recursos del programa U013 vertiente 1 2020 por 14,828.5 miles de pesos, el dictamen del área requirente no acreditó debidamente los criterios en los que se fundó y motivó la excepción a la licitación pública, por lo que no cumplió con los criterios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez que aseguran las mejores condiciones para el Estado.
Asimismo, con la revisión de la Declaración Anual del Ejercicio 2019 presentada al Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 6 de abril de 2020, se observó que la persona física no disponía del capital contable suficiente para cumplir con la entrega de los bienes objeto del contrato, toda vez que, en el apartado del Estado de Posición Financiera, en la suma de capital reflejó -13.5 miles de pesos, por lo que la propuesta de la persona física no fue solvente; adicionalmente, la persona física adjudicada no disponía de la experiencia suficiente para realizar las operaciones, ya que la fecha de inicio de la actividad económica en la Constancia de Situación Fiscal fue del 25 de marzo de 2020 y el contrato se celebró el 31 de marzo de 2020, además de que la actividad reportada en su curriculum fue de obra pública y privada, en incumplimiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 134, párrafos primero y tercero; de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículos 22, fracción II, 24, 26, párrafos primero y sexto, 40, párrafo tercero, y 41, fracciones II y V; del Reglamento de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículos 71, 72, fracciones I, II, III y V, 77, párrafo segundo, y 79, y del Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, numerales 4.2.4.1.1 y 4.2.4.1.2.”
“2020-1-01101-19-1188-16-001 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
“La Auditoría Superior de la Federación emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que la Dirección General de Investigación adscrita a la Auditoría Especial de Seguimiento, Informes e Investigación de la Auditoría Superior de la Federación realice las investigaciones pertinentes para esclarecer los hechos, y en su caso, determine la presunta responsabilidad administrativa correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, no verificaron que el dictamen del área requirente acreditara debidamente los criterios en los que se fundó y motivó la excepción a la licitación pública, por lo que no cumple con los criterios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez que aseguran las mejores condiciones para el Estado; asimismo, no revisaron que la persona física a la que se le adjudicó el contrato número SES-COVID-025-2020, relativo a la adquisición de equipo de protección necesario en el plan de reconversión para la atención hospitalaria de la contingencia de la COVID-19 no disponía del capital contable suficiente para cumplir con la entrega de los bienes objeto del contrato, toda vez que en la Declaración Anual del Ejercicio 2019 presentada al Servicio de Administración Tributaria el 6 de abril de 2020, en el apartado del Estado de Posición Financiera, en la suma de capital reflejó un importe negativo, por lo que la propuesta de la persona física no fue solvente; adicionalmente, no se aseguraron que la persona física disponía de la experiencia suficiente para realizar las operaciones, ya que la fecha de inicio de la actividad económica en la Constancia de Situación Fiscal fue el 25 de marzo de 2020 y el contrato se celebró el 31 de marzo de 2020 y la actividad reportada en su curriculum fue de obra pública y privada”.