La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al alcalde de Cozumel, Pedro Joaquín Delbouis, por Violencia Política contra la Mujer en razón de Género (VPMG), en agravio de la edil electa y excandidata de “Juntos Haremos Historia”, Juanita Alonso Marrufo.
Además, le inhabilitó por cinco años y cuatro meses, por lo que no podrá asumir la regiduría plurinominal el próximo 30 de septiembre.
Esto tras el estudio del expediente SX-JE-185/2021 y su acumulado SX-JDC-1327/2021.
La Sala Xalapa revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que declaró inexistente la VPMG atribuida al entonces candidato a la presidencia municipal de Cozumel, postulado por la coalición “Va por Quintana Roo”, -conformada por PAN, PRI, PRD y Confianza por Quintana Roo- en contra de la otrora aspirante a dicho cargo, registrada por la alianza “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo” -integrada por Morena, PT, Verde y MAS.
Lo anterior, al determinar que el Teqroo no realizó un análisis con perspectiva de género, aunado a que no valoró de manera conjunta los hechos que tuvo por acreditados a fin de determinar la existencia de las conductas denunciadas.
Dado lo anterior, una vez realizado el test correspondiente, el Pleno de la Sala tuvo por acreditada la existencia de VPMG ejercida en contra de la denunciante, consistente en manifestaciones realizadas por el señalado candidato a la presidencia municipal, tanto en un acto de campaña como en una entrevista efectuada por un medio de comunicación, cuya finalidad fue coartar la participación política de la entonces candidata, pues se dirigió a sus militantes, simpatizantes y ciudadanía en general con adjetivos que la descalificaban, lo cual hizo patente una postura agresiva en su contra.
Consecuentemente, se dio vista a las autoridades electorales correspondientes para que, dentro de sus facultades, inscriba al infractor en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género, por una temporalidad de 5 años 4 meses.