El gobierno del estado determinó reanudar las actividades presenciales de los burócratas en las oficinas del gobierno del estado, puesto que el martes 15 de junio finalizó el último plazo de la suspensión que existía y no se emitió uno nuevo que la amplíe, pese a que el estado se encuentra todavía en semáforo naranja.
Asimismo, se publicó este miércoles el acuerdo por el que el gobernador del estado, Carlos Joaquín González, instruye a los servidores públicos titulares de las dependencias y entidades de la administración pública para que dejen sin efectos la suspensión de términos y plazos, y se reanude la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollen en las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.
Con lo anterior, también se instruye a las personas servidoras públicas titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, para que garantizando la continuidad en la prestación de trámites y servicios públicos a su cargo, establezcan la modalidad en la que las personas adscritas bajo mando desarrollarán sus actividades laborales de manera presencial, remota o mixta, implementando y observando de manera obligatoria las medidas de seguridad sanitaria publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el 30 de junio de 2020, cuando se dictó el regreso a actividades presenciales por primera ocasión.
La única excepción que se hizo para no volver a las actividades presenciales, fue para los servidores públicos en alguna de las siguientes condiciones:
1.-Mayores de 60 años de edad o
2.- Con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiacas, pulmonares, inmunodepresoras o inmunodeficientes (adquiridas o provocadas), en estado de embarazo, puerperio, lactancia, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial, quedando exceptuado el cumplimiento de esta medida cuando la persona requiera atención médica o la prestación de servicios médicos.
Las personas servidoras públicas que se encuentren en alguna de las hipótesis antes mencionadas, deberán atender lo previsto en el “Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos por los cuales se establecen los mecanismos para el desarrollo de las actividades laborales, que a través del uso de tecnologías, efectuarán desde casa las personas servidoras públicas de las Dependencias y Entidades Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, como medida de seguridad sanitaria de inmediata ejecución”, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo con fecha 30 de junio del año 2020.
“Se instruye a las personas servidoras públicas adscritas a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo para que atiendan las recomendaciones y medidas que emitan las autoridades sanitarias competentes.
“Se instruye a las personas servidoras públicas titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, para que, a través de sus páginas de Internet y cuentas de redes sociales oficiales, difundan las publicaciones y materiales de difusión relativos a la prevención y control del contagio del virus SARS-CoV2 (COVID-19), que se generen por parte de las autoridades sanitarias.
Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a lo previsto en los contratos individuales, colectivos, contratos-ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo a que se refiere el presente Acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Ayuntamientos y Organismos descentralizados del Estado de Quintana Roo, según corresponda”, dice en adición el acuerdo.
El llamado a regresar a actividades presenciales entró en vigor el mismo día de su publicación, que este miércoles 16 de junio, y estará vigente hasta en tanto se declare terminada la emergencia sanitaria generada por causa de fuerza mayor ocasionada por la epidemia de enfermedad generada por el virus Covid-19.
“Con la entrada en vigor del presente Acuerdo, quedará sin efectos la suspensión de términos y plazos, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollen en las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; establecida mediante el ‘Acuerdo por el cual se determina la ampliación de la suspensión de términos y plazos, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollen en las dependencias y entidades paraestatales de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; durante el periodo comprendido del día 16 de mayo del año 2021; al día 15 de junio del año 2021″, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el día 15 de mayo del año 2021.