El gobernador del estado, Carlos Joaquín González, prepara su “blindaje de salida” y solicitó al Congreso del Estado aprobar una reforma a la Ley de Entrega y Recepción de los Recursos asignados a los servidores públicos de la Administración Pública y de los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo, en el que pide que los procedimiento de entrega-recepción de las secretarías y órganos descentralizados sean supervisados exclusivamente por la Secretaría de la Contraloría y los órganos internos de control de las entidades administrativas.
La propuesta fue presentada como una homologación con la regulación federal que establece la creación de los órganos internos de control como entes públicos estatales y municipales, pero su aplicación representará ya no tener la participación de la Auditoría Superior del Estado (Aseqroo) en los procedimientos de entrega recepción de las secretarías y entidades paraestatales.
Y sería para la entrega-recepción del gobierno de Carlos Joaquín González precisamente el primero en aplicar esta regulación, dejando la recepción de los expediente a la Secretaría de la Contraloría y órganos internos de control nombrados en su propia gestión, pues el proceso iniciaría 30 días antes del cambio de gobierno.
La iniciativa propone que la Aseqroo sólo participe en el proceso de entrega-recepción del Titular del Poder Ejecutivo, pero no en el de las secretarías y entidades paraestatales, además de que no recibiría copia del acta del procedimiento de éstas.
Pero en cambio si continuará la participación de la Aseqroo en el procedimiento de entrega-recepción de los municipios, incluyendo desde su presidencia municipal y su cabildo hasta sus direcciones, como actualmente está en la ley.
La iniciativa crea un sistema único de entrega y recepción para el estado, y otorga las facultades principales de los procedimientos a los Órganos Internos de Control., que en el caso del Poder Ejecutivo es la Secretaría de la Contraloría.
Propone establecer tiempos específicos para ese procedimiento en el Estado y los Ayuntamientos, indicando que en el caso del, el gobernador electo creará una comisión de transición para la entrega recepción 30 días hábiles antes del cambio de Gobierno.
En el caso de los municipios, se conformarán dos comisiones, una por la administración entrante y otra por la saliente, tres días antes de la toma de protesta.
Sobre la participación de la Auditoría Superior del Estado en el proceso de entrega recepción, la actual ley dice que:
“Artículo 12.-·En el acto de Entrega y Recepción intervendrán:
I.- En el Poder Ejecutivo:
a).- El servidor público titular saliente;
b).- El servidor público titular entrante;
c).- Un representante de la Auditoria Superior del Estado;
d).- Un representante de la Contraloría;
e).- Un representante de la Oficialía Mayor; y
En el caso de la reforma promovida por Carlos Joaquín González, establece que participará “un representante de la Auditoría Superior del estado, únicamente en el caso del Titular del Poder Ejecutivo”, mientras que se deroga la participación de la Oficialía Mayor, siendo que la dependencia ha desaparecido de la administración pública, tras su absorción por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).
Para el caso de los titulares de las dependencias o secretarías y los titulares de las entidades paraestatales, hasta el nivel de jefe de unidad departamental y jefe de oficina, no participará la Auditoría Superior del Estado.
Otro punto que pretende cambiar la reforma es la obligación de preparar realizar una revisión previa al cierre del gobierno un año antes, para dejar la preparación de los expedientes de la entrega a la fecha que determinen las contralorías.
Actualmente la ley indica que:
“Artículo 7.- Doce meses anteriores al procedimiento de entrega y recepción final, serán responsables de monitorear el buen manejo de los recursos humanos, materiales y financieros de la dependencia o entidad próximos a ser objeto de entrega, un funcionario designado por el Titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y un servidor público designado por la Contraloría o en su caso la Contraloría Municipal, a fin de que en el procedimiento de entrega y recepción final rindan un informe detallado de su encargo haciendo especial énfasis sobre aquél manejo extraordinario de los recursos.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, será aplicable para los Municipios del Estado, con la salvedad del término, el cual, para ellos será de tres meses anteriores al procedimiento de entrega y recepción final”.
La reforma promovida por Carlos Joaquín propone:
“Artículo 7. – Los trabajos inherentes a preparar la información y documentación necesaria para el proceso de entrega recepción final de la Administración Pública darán inicio en las fechas que se consideren en el acuerdo que emita la Contraloría o Contraloría Municipal, respectivamente”.
Cabe mencionar que la propuesta del Ejecutivo contiene un claro error de fundamentación legal en su exposición de motivos, puesto que hace referencia a que la Constitución del Estado se reformó el 2 de abril del 2017 para incluir a los órganos internos de control en los entes públicos estatales y municipales, así como en los órganos públicos autónomos.
Sin embargo, esa reforma constitucional la aprobó la XV Legislatura en otra fecha, que fue el 30 de junio del 2017, y se promulgó en el Periódico Oficial del Estado el 3 de julio del mismo año.
La XVI Legislatura del Congreso del Estado recibió la iniciativa el pasado miércoles, y la turnó a comisiones.