La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el concubinato no puede ser equiparable al matrimonio, por lo que el precedente establece que todo concubino, debe comprobar que aportó económicamente para exigir la mitad de ellos.
El ministro Alfredo Gutiérrez, de la Primera Sala amparó a un hombre cuya pareja, reclamó la entrega del 50% del valor de la casa que ocuparon por última vez como concubinos, así como los costos que se generaras durante el juicio.
La Sala expuso que todas las familias merecen protección constitucional y no es posible restringir el goce o ejercicio de sus derechos sobre cómo se han conformado, tampoco significa que el matrimonio y el concubinato deben regularse de manera idéntica.
La SCJN también determinó que, cuando uno de los padres impida sistemáticamente que sus hijos convivan con el otro progenitor se justifica la modificación de la guarda y custodia para lograr una mejor convivencia.
El proyecto de resolución fue presentado por el ministro Arturo Zaldívar al analizar un caso en el que la madre, que tenía la guarda y custodia, impedía que el padre tendría cumpliera con el régimen de visitas y convivencias.